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La cotitularidad de la tierra por parte de ambos cónyuges es ley

14.08.2019

La cotitularidad de la tierra por parte de ambos cónyuges es ley

El Parlamento Nacional aprobó la modificación del artículo 7 de la ley 11.029 que definía la tenencia de la tierra de forma individual. Este cambio considera a los integrantes de la pareja como una unidad y ambos arrendatarios serán sujetos de derechos y obligaciones de forma igualitaria.

El Poder Ejecutivo elevó, el 20 de diciembre de 2018, a la Asamblea General, el proyecto de ley para consagrar la cotitulatidad en la adjudicación de tierras. La Comisión de Ganadería, Agricultura y Pesca del Senado recibió a una delegación del INC, que informó sobre el proyecto de ley, integrada por la presidenta del ente, Jacqueline Gómez; el gerente General, José Enrique Arrillaga y la secretaria del Directorio, Rosario Pérez Quintela. Posteriormente a la aprobación en dicho ámbito, el 13 de agosto, hizo lo propio la Cámara de Representantes y se confirmó así la voluntad del Parlamento Nacional para que la cotitularidad sea ley.

Desde el año 2014, el INC implementa la titularidad compartida de las tierras para arrendamiento a familias rurales con el objetivo de erradicar la desigualdad de género en el acceso, uso y control de los predios. El Instituto da prioridad a los cónyuges que se inscriben en cotitularidad a los llamados abiertos para arrendamiento, como forma de promover el empoderamiento de la mujer, su autonomía económica y reconocimiento social.

La propuesta surge como demanda de organizaciones sociales, vinculadas a la producción familiar y específicamente de mujeres rurales, y se elaboró en el marco del trabajo con la institucionalidad pública junto a la Dirección General de Desarrollo Rural (DGDR) del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP), el Instituto Nacional de las Mujeres del Ministerio de Desarrollo Social (Inmujeres), la Reunión Especializada de Agricultura Familiar del Mercosur (REAF) y el INC.

 

 

Fecha de última actualización: 14.08.2019