Artículo n.° 70 ley n°. 11 029
¿Qué es el Certificado de afectación de padrones?
El Certificado de afectación de padrones acredita si un inmueble se encuentra o no afectado a los fines de interés colectivo, promovidos por la ley n°. 11.029.
¿De quién depende?
Instituto Nacional de Colonización
¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?
El trámite se realiza on line:
1-Iniciar el trámite
Si abona a través de transferencia o depósito, deberá realizar previamente el pago en la cuenta BROU CC: 001555922 00018 o a través de redes de cobranza CC: 152 0026124, ya que el formulario web le solicitará el número de transacción.
2-Completar el formulario web
El formulario orienta al usuario para que escriba la información necesaria para realizar el trámite. Es útil recordar que se emiten certificados exclusivamente sobre padrones vigentes y en el caso de tener padrones anteriores se debe indicar en el formulario.
3-Retirar el documento
El Certificado de afectación de padrones se retirará en la oficina del INC que se indicó en el formulario. El documento estará acompañado del recibo correspondiente al pago del trámite. El trámite puede demorar hasta 10 días hábiles.
Atención (!)
El inicio del trámite, la verificación del pago y el aviso para retirarlo en oficinas del INC serán notificados por correo electrónico a los solicitantes. Por tanto, verifique que la dirección proporcionada al INC es válida y revise la carpeta de correos "no deseados" o “correo basura”para cerciorarse de un posible envío a la misma.
Recuerde (!)
Puede abonar varios certificados en una única transacción, indicando en cada solicitud el mismo número de referencia.
Documentos asociados a la normativa del Artículo 70 de la ley n°. 11 029.
Procedimiento Solicitud Certificado Afectación Art.70-Modificado por resolución nº 85 del acta nº 5437
Procedimiento para las ventas judiciales forzadas
Procedimiento para la regularización de títulos
Mayorías necesarias para desafectar parcelas de la ley 11 029